TITULO 1-DE LA SOCIEDAD
ART-1.
La
sociedad protectora de la Escuela de Artes y Oficios, creada
el 1 de diciembre de 1878, bajo el patrocinio del Excmo. Ayto.
de Avilés, respondiendo a fines artísticos, culturales
y sociales, se propone difundir toda clase de conocimientos
útiles, que contribuyan al desarrollo del arte, la industria
y el comercio en geneeral. Su domicilio social queda establecido
en la Plaza de Domingo Alvarez Acebal, nº 3, de Avilés,
circunscribiéndose en sus actuaciones al municipio de
Avilés y componiéndose de un número ilimitado
de socios.
ART-2.
Para
conseguir sus fines sostendrá, de acuerdo con los medios
que se especifican en el art-4, una Escuela de Artes y Oficios
y organizará coloquios, conferencias, cursillos, conciertos,
exposiciones, viajes, actos sociales y cualquier otra actividad
que se pueda considerar de interes para los fines de la escuela.
ART-3.
La
Junta Directiva estará constituida por un Presidente,
Vice-Presidente, un Secretario-Contador, un Bibliotecario y
siete Vocales. Será Presidente honorífico nato
de la Sociedad el Alcalde de Avilés.
ART-4.
Los
recursos de la Escuela de Artes y Oficios para el desarrollo
y cumplimiento de sus fines, procederán de las subvenciones
que acuerde el Excmo. Ayto, cuotas de socios, importes por derechos
de matrícula, así como todos aquellos que provengan
de donativos, herencias o legados y también de cualquier
aportación fija o extraordinaria de organismos o instituciones
municipales, regionales, o estatales.